AL ILMO. SR. FISCAL JEFE DE CÓRDOBA
D. Francisco Adame Rodríguez, mayor de edad, vecino de Fuente Palmera (Córdoba), con domicilio en la calle Higuera nº 40, con D.N.I. nº , ante el Ilmo. Fiscal Jefe de Córdoba comparece y EXPONE:
Que desde hace años mi familia y yo venimos soportando los daños y perjuicios que suponen tener una explotación ganadera ilegal junto a mi vivienda, no habiendo procedido el Ayuntamiento de Fuente Palmera al cierre de las instalaciones y al cese de la actividad que nunca ha tenido licencia, a pesar de las resoluciones municipales y las sentencias judiciales existentes, beneficiando de manera, cuando menos, sospechosa al propietario de las instalaciones.
Que dicha explotación ganadera puede estar causando perjuicios en el medio ambiente, ya que produce vertidos en un arroyo cercano, habiendo transformado el paraje de forma ilegal.
El Ayuntamiento de Fuente Palmera ha acordado en varias ocasiones el cese y el cierre de las instalaciones, pero ha incumplido sistemáticamente sus propias resoluciones.
El titular de la instalación, D. Antonio De La Rosa Martínez, también ha incumplido reiteradamente las resoluciones municipales y judiciales.
Se acompaña como documento nº 1 el Decreto 533/2009, acordado por el Ilmo. Ayuntamiento de Fuente Palmera, en el que se detalla de forma pormenorizada los incumplimientos producidos por el propietario de las instalaciones y la permisividad del Ayuntamiento que ha incumplido sus propias resoluciones.
Cuando por fin el Ayuntamiento se decidió a clausurar las instalaciones firmó, de forma sorpresiva e innecesaria, un Convenio con el propietario de la vaqueriza, que fue aprobado por el Pleno Municipal el 22 de diciembre de 2010, mediante el cual le concedían un plazo de seis meses para cerrar la instalación y trasladarse a otro lugar, permitiendo y amparando la continuación de una situación ilegal, con pleno conocimiento del perjuicio ocasionado tanto al medio ambiente, como a las personas que viven en las inmediaciones del lugar.
Se acompaña como documento nº 2 las estipulaciones I a VI de dicho Convenio.
El plazo concedido terminó el pasado día 30 de junio y el 28 de julio de 2011 se acordó por el Pleno del Ayuntamiento, entre otros puntos, designar el día 1 de septiembre de 2011 para la ejecución con carácter subsidiario por los Servicios Municipales competentes de la orden de suspensión de la actividad.
Dicho acuerdo ha sido de nuevo incumplido, ya que actualmente la actividad ganadera sigue desarrollándose con total normalidad.
Se acompaña como documento nº 3 certificado del acta del Pleno del día 28 de julio de 2011.
Las conductas irregulares descritas pudieran ser constitutivas de ilícito penal.
Por lo expuesto,
SOLICITO AL ILMO. SR. FISCAL JEFE DE CÓRDOBA que, tenga por presentado este escrito y documentos unidos, y acuerde abrir una investigación por si los hechos relatados pudieran ser constitutivas de ilícito penal.
En Córdoba a 12 de septiembre de 2011
No hay comentarios :
Publicar un comentario
Dime lo que piensas